La Confederación de Combatientes de Malvinas de la República Argentina se presenta ante la Nación para fijar una posición sobre la condición de Veterano de Guerra de Malvinas, Soldados Continentales y Repudio a Sentencias Judiciales.

BUENOS AIRES, 01 de diciembre de 2025.-
Señor Director General
De Relaciones Institucionales
MINISTERIO DE DEFENSA
FACUNDO QUIROGA
ASUNTO: Posición sobre la condición de Veterano de Guerra de Malvinas, Soldados
Continentales y Repudio a Sentencias Judiciales
La Confederación de Combatientes de Malvinas de la República Argentina A la Opinión Pública, a las Autoridades Nacionales y Provinciales, a los Poderes Judiciales de la Nación, y al Pueblo Argentino:
La Confederación de Combatientes de Malvinas de la República Argentina se presenta ante la Nación para fijar una posición que no admite titubeos. Nada cuesta más caro a un país que la confusión deliberada. Y nada hiere más la historia que disfrazar como igualdad lo que, por su propia naturaleza, no es equiparable.
1. La verdad legal y la verdad histórica van de la mano La Ley argentina no la pasión, no la conveniencia, no la presión define quién es Veterano de Guerra de Malvinas. Así lo establecen el Decreto Nacional N.º 509/88 y leyes provinciales concordantes, y así lo reafirmó la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación en su acordada del 7 de junio de 2016, donde fijó con claridad meridiana que Veteranos de Guerra de Malvinas son únicamente quienes participaron efectivamente del Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.) o del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur
(T.O.A.S.). Esta verdad jurídica coincide con la verdad histórica: combatiente es el que estuvo donde se combatió, no donde se temió. El miedo fue nacional; el combate, no.
2. El rol de los Soldados Continentales: digno, pero distinto Los Soldados Continentales cumplieron funciones de apoyo, vigilancia y logística en el Territorio Continental Argentino. Nadie niega su servicio ni su deber. Pero su labor no constituyó participación directa en la zona de fuego. No enfrentaron el riesgo inmediato de muerte derivado de hostilidades directas. El Estado argentino fue categórico en esta distinción porque la distinción es la que da sentido al reconocimiento. No se trata de jerarquizar personas, sino de nombrar con precisión hechos irrebatibles.
3. El desvío judicial y la industria del reclamo Repudiamos enérgicamente las sentencias judiciales que, apartándose del marco legal y del criterio fijado por la Corte Suprema, conceden el título de Veterano de Guerra a personas que jamás estuvieron en el teatro de operaciones. Pero hay un fenómeno todavía más preocupante: la mercantilización de este reclamo. Hace tiempo que ciertos estudios jurídicos, advertidos de la oportunidad económica, han desplegado publicidad en redes sociales, prometiendo reconocimientos automáticos y beneficios inmediatos a quienes jamás combatieron. No apelan a la verdad ni al deber, sino a la ambición. Seducen con eslóganes, promesas y “asesorías gratuitas” que solo buscan multiplicar demandas contra el Estado. Transformar el honor militar en un negocio jurídico es una degradación que la República no puede tolerar. Y a este intento de lucrar con el sacrificio ajeno se suma otro error grave: algunas sentencias justifican el reconocimiento basándose en el miedo, la ansiedad o la incertidumbre vividos por los peticionantes.
Aquí debemos hablar sin rodeos: En 1982, 27 millones de argentinos vivieron miedo e incertidumbre. Era la Nación entera la que estaba en guerra. Pero solo 20.000 combatieron. Si el temor fuera criterio suficiente, todo ciudadano argentino tendría derecho al título de Veterano de Guerra, lo cual revela la inconsistencia de esos fallos y la fragilidad de su razonamiento. La Justicia no puede reemplazar la ley por emociones, ni el rigor por la empatía desordenada, ni la historia por el negocio.
4. Lo que exigimos como ciudadanos y como combatientes No reclamamos privilegios. Defendemos un hecho histórico que no puede ser adulterado. Por ello exigimos:
5. Respeto irrestricto a la legislación vigente y al pronunciamiento de la Corte Suprema del 7 de junio de 2016.
6. Revisión y anulación de toda sentencia que ignore la distinción esencial entre combatientes y movilizados.
7. Garantía de que el reconocimiento y los beneficios se otorguen únicamente a quienes estuvieron en el T.O.M. o el T.O.A.S.
8. Protección del honor de los caídos, que no puede ser relativizado por decisiones que confunden servicio con combate.
9. Vigilancia activa contra la explotación comercial y oportunista de un título que pertenece solo a quienes enfrentaron el fuego enemigo.
10. Nuestro compromiso La Confederación de Combatientes de Malvinas reafirma su misión: defender la verdad histórica, la legalidad y el honor ganado en la línea de fuego. La Argentina merece claridad, no ficción. Justicia, no sentimentalismo. Respeto, no distorsión. Por Malvinas. Por la historia. Por nuestros Caídos. Por la verdad que no se negocia.
CONFEDERACIÓN DE COMBATIENTES DE MALVINAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA




